Ministerio de Transportes y Comunicaciones Aprobó Cuestionado Convenio Arbitral Mediante Resolución Ministerial
Es claro que la Ley de Contratación Pública, apuesta por el Arbitraje Institucional, esto es, por que un Centro de Arbitraje de prestigio y serio que administre arbitrajes donde participe el Estado Peruano.
No obstante, mediante Resolución Ministerial 351-2024-mtc/01 de fecha 21 de junio del presente año, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones – MTC aprobó una proforma de convenio arbitral que sería vinculante e incorporada en las bases estandarizadas al momento de publicarse una licitación pública o concurso Público u otra modalidad de contratación.
El convenio arbitral propuesto llamó la atención a varios operadores del arbitraje, toda vez que se nomina una lista cerrada de Centros de Arbitraje, entre ellos, Centros de Arbitraje reconocidos por su trayectoria y respaldado por universidades o cámaras de comercio de prestigio, pero también en el anexo 2, se advierte Centros de Arbitraje de dudosa reputación que tienen denuncias a nivel arbitral, judicial y hasta penal, por actuaciones irregulares en arbitrajes de emergencia, y dando trámite a procesos cuyo convenio arbitral designada a otras instituciones por voluntad de las partes.
En este contexto, nos hacemos las siguientes preguntas: ¿Cuál es el estándar que tiene el MTC para nominar una lista cerrada de Centros de Arbitraje? ¿Dónde queda la libertad de las partes en fijar un centro de arbitraje? ¿qué pasa con los centros de arbitraje de provincia? ¿qué pasará con las opiniones del OSCE que se pronuncian sobre el convenio arbitral?
Si se quiere salvaguardar la institución del Arbitraje en nuestro país, las buenas prácticas es tarea de todos los actores que participan en este mecanismo eficiente y eficaz para solucionar de la controversia. Es clave hoy por hoy, separar el trigo de la paja, de lo contrario, habrá congresistas que no dudarán en aprovechar la coyuntura para proponer que el Estado deba solucionar sus conflictos en el Poder Judicial. ¿Es tiempo de regular una Ley de Arbitraje en Contratación Pública?
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