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"Consolidación del Arbitraje con el Estado"
Contratación Pública

Directiva Nº 008-2012-OSCE/CD

Disposiciones que regulan la emisión de decretos y resoluciones y/o acuerdos del tribunal de contrataciones del estado y su notificación, así como la programación de audiencias y lectura de expedientes

Posteado el 12 de Enero, 2018 CAE

I. FINALIDAD

Regular la emisión y notificación de decretos que sobre el procedimiento administrativo, notificaciones de decretos, resoluciones y/o acuerdos para simplificar la tramitación con el Tribunal de Contrataciones del Estado.


II. OBJETO

Establecer el régimen para la emisión y notificación de los decretos y resoluciones y/o acuerdos durante la tramitación de procedimientos de recursos de apelación y/o revisión, procedimiento sancionador. También sobre la programación de audiencia pública y lectura de expediente.


III. DISPOSICIONES GENERALES


• Los recursos, escritos y demás que se formules en procedimiento de impugnación y procedimiento administrativo sancionador son de competencia del Tribunal de Contrataciones del Estado. El presidente del Tribunal o el Presidente de la Sala y la Secretaria del Tribunal emiten los decretos; excepto lo expresado en el punto 1.4.

• Los decretos que proveen los recursos, escritos y otros, son notificados así:
- En los casos de las disposiciones específicas, notificación personal al administrado en el domicilio real
- Notificación por el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE, con el registro del decreto en el “Toma Razón” electrónico de la ficha del proceso de selección, en recursos de impugnación; o en “Toma Razón” electrónico de la página web del OSCE, en los Procedimientos administrativos sancionadores

• En el recurso de apelación, los decretos se notifican por vía electrónica en el “Toma Razón” electrónico de la ficha del proceso de selección. En caso de procedimientos administrativos sancionadores se notifica por Toma Razón Electrónico de la página web del OSCE.

• Todos los actos se entenderá notificados el día de su publicación en los sistemas electrónicos, teniendo mayor validez y eficacia que la notificación personal.

• En los procedimientos de impugnación y sancionadores, la administración y los administrados están obligados a verificar la información registrada en el Toma Razón electrónico de la ficha del proceso de selección o el de la pagina web del OSCE, para acceder a las notificaciones del Tribunal de Contrataciones del Estado.

• En los procedimientos administrativos sancionadores la clave de acceso de consulta al Toma Razón electrónico de la página web, se notificara personalmente al administrado y a la entidad.
En el caso de los procedimientos en trámite, la notificación de la clave de acceso se efectuara con el decreto que impulsa el procedimiento.

En caso que el Tribunal requiera indagar antes del inicio del procedimiento administrativo sancionador, la entrega de la clave de acceso se notificará de forma personal a la Entidad con el decreto que requiere la información. • Todo escrito presentado por la Entidad, el impugnante u otros administrados en el procedimiento de recurso de apelación y/o revisión y procedimientos sancionadores, debe ser acompañado del número de copias como partes existan en el proceso.

• Las resoluciones y/o acuerdos que ponen fin a los procedimientos administrativos que el Tribunal tiene, serán notificados con la Toma Razón electrónico de la ficha del proceso de selección; en apelaciones y/o revisión, o del Toma Razón electrónico de la página web del OSCE en procedimiento sancionador.
En el caso de los procedimientos administrativos sancionadores, los acuerdos del inicio del procedimiento serán notificados personalmente al proveedor denunciado y las resoluciones.

• Expedida la Resolución y/ acuerdo que pone fin al procedimiento que el Tribunal tiene a cargo, las Entidades tienen que recabar sus antecedentes administrativos dentro de 30 días calendario, caso contrario serán enviados al Archivo del OSCE por 6 meses, posteriormente los documentos serán remitidos al Archivo General de la Nación.

• El sobrecarte de las cedulas de notificación con decretos de inicio de procedimiento sancionador serán autorizados a través de la expedición de decretos.


IV. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS


7.1. De la emisión y notificación de decretos • Decretos que deben ser emitidos y necesariamente notificados a las partes del procedimiento

a) En procedimientos de impugnación:

DECRETOS NOTIFICACIÓN
Los que admiten recursos de apelación o revisión y corren traslado a la Entidad solicitando antecedentes administrativos Personal
Los que remiten el expediente a Sala SEACE
Los que disponen el apersonamiento de terceros administrados SEACE
Los que conceden el uso de la palabra en audiencia pública, a través del señalamiento y/o reprogramación d la fecha respectiva SEACE
Los que contienen actuaciones sobre medios de prueba, informes y dictámenes técnicos o peritajes, a tenerse presentes al momento de resolver SEACE
Los que se pronuncian sobre cuestionamientos a los actos de trámite expedidos por el Tribunal SEACE
Los que disponen la acumulación de expedientes SEACE
Los que declaran que un expediente se encuentra listo para resolver SEACE


b) En procedimiento de aplicación de sanción.

DECRETOS NOTIFICACIÓN
Los que disponen el inicio de procedimiento administrativo sancionador. Personal
Los que disponen la remisión del expediente a Sala con o sin formulación de descargos. Toma Razón Electrónico ubicado en la sección del Tribunal de la Página web del OSCE.
Los que conceden el uso de la palabra en audiencia pública, a través del señalamiento y/o reprogramación de la fecha respectiva. Toma Razón Electrónico ubicado en la sección del Tribunal de la Página web del OSCE.
Los que contienen actuaciones sobre medios de prueba, informes y dictámenes técnicos o peritajes, a tenerse presentes al momento de resolver. Toma Razón Electrónico ubicado en la sección del Tribunal de la Página web del OSCE.
Los que se pronuncian sobre cuestionamientos a los actos de trámite expedidos por el Tribunal. Toma Razón Electrónico ubicado en la sección del Tribunal de la Página web del OSCE.
Los que disponen la acumulación de expedientes. Toma Razón Electrónico ubicado en la sección del Tribunal de la Página web del OSCE.

• Decretos que deben ser emitidos y notificados a la parte o partes que tengan legítimo interés o a terceros:

a) En procedimientos de impugnación

DECRETOS NOTIFICACIÓN
Los que recalifiquen u observen los R. de revisión o apelación SEACE
Los que reiteren la remisión de antecedentes administrativos SEACE
Los que ponen en conocimiento del OCI de la Entidad el incumplimiento en la remisión de antecedentes. Personal
Los de requerimiento y reiteración de información adicional a los apersonados al procedimiento SEACE
Los que ponen en conocimiento de las partes el requerimiento y reiteración de información adicional a los no apersonados SEACE
Los de presentación de escritos con mayores argumentos, pruebas, alegatos, etc a tenerse presente al resolver SEACE
Sobrecartes de Cédulas de notificación Personal
Los que se pronuncien sobre solicitudes durante la tramitación del procedimiento, que sean sustantivos al mismo SEACE
Los que se pronuncien sobre solicitudes después de emitido el Acuerdo / Resolución, cuando sea sustantivo al procedimiento SEACE

b) En procedimientos de aplicación de sanción

DECRETOS NOTIFICACIÓN
Los que formules un requerimiento previo a la Entidad para su comunicación o actuaciones previas a la investigación para el inicio del procedimiento de sanción Personal
Los que remiten el expediente a sala antes del inicio del procedimiento, solicitando que se emita un pronunciamiento sobre el inicio del procedimiento sancionador Toma razón Electrónico ubicado en la sección del Tribunal de la Pagina web del OSCE
Los que admiten a trámite el recurso de reconsideración y ordenan la remisión del expediente administrativo a la Sala correspondiente para su pronunciamiento Toma razón Electrónico ubicado en la sección del Tribunal de la Pagina web del OSCE
Los que reiteran o prorrogan excepcionalmente los plazos otorgados a la entidad ara la adecuación de la comunicación o la realización de actuaciones previas para el inicio del procedimiento de sanción, conforme ley Toma razón Electrónico ubicado en la sección del Tribunal de la Pagina web del OSCE
Sobrecartes de cedulas de notificación Personal
La disposición de notificación mediante publicación en el Diario Oficial El Peruano Toma razón Electrónico ubicado en la sección del Tribunal de la Pagina web del OSCE
Los de requerimiento y reiteración de información adicional a las partes Toma razón Electrónico ubicado en la sección del Tribunal de la Pagina web del OSCE
Los de requerimiento y reiteración de información adicional a las partes Personal
Los que ponen en conocimiento de las partes el requerimiento y reiteración de información adicional a terceros Toma razón Electrónico ubicado en la sección del Tribunal de la Pagina web del OSCE
Los de presentación de escritos por parte de la Entidad con mayores argumentos o pruebas, alegatos, etc a tenerse presente al momento de resolver Toma razón Electrónico ubicado en la sección del Tribunal de la Pagina web del OSCE
Constancia de estado del proceso Personal

• Solicitud de copias de la documentación presentada

Las partes podrán solicitar copias en mesa departes del Tribunal, a las 24 horas de presentados, sin perjuicio del acceso a la lectura del expediente:

- Los antecedentes administrativos remitidos por la entidad
- Los escritos de solicitud de apersonamiento de las partes
- Los escritos con mayores argumentos, pruebas, alegatos, etc
- Los escritos del trámite de los procedimientos administrativos de sanción que no se notifiquen de forma personal

• Escritos que deben ser anexados directamente al expediente sin generar decretos ni notificaciones:

En procedimientos de recursos de apelación o revisión y procedimientos de aplicación de sanción:

- Los de lectura de expedientes (salvo no esté autorizado)
- Los de solicitud de copias simples y autenticadas
- Los de solicitud de copia de audio de audiencias públicas
- Los de devolución de antecedentes administrativos
- Los de comunicaciones de la Oficina de Defensa Judicial del OSCE, como escritos, resoluciones, sentencias de procesos contenciosos administrativos, acciones de amparo contra resoluciones del Tribunal
- Los de renovación de carta fianza
- Las solicitudes de devolución de garantía
- Los de pedido de uso de la palabra y designación de representantes
- Los que señales o varíen el domicilio procesal
- Los de cumplimiento de representación de información adicional
- Los escritos de desistimiento, a los que se dará respuesta con la emisión del Acuerdo o Resoluciones
- Las solicitudes de corrección y/o aclaración de los acuerdos o Resoluciones, las que se dará respuesta con Acuerdos o Resoluciones
- Los que disponen desglosar cierta documentación del expediente

7.2. Audiencias Públicas

Adicional a la notificación, las audiencias públicas se señalarán en el Sistema electrónico de la página web del OSCE

7.3. Lectura de Expedientes
La lectura será de lunes a viernes desde las 14 horas hasta las 17 horas. Podrá solicitarla el administrado o su representante legal o abogado, debiendo indicarse el tiempo estimado de lectura. La Secretaria del Tribunal anotara en un registro las solicitudes y la programación. Al terminar la lectura se dejara constancia del mismo en el expediente con su firma.



V. SUGERENCIAS

• En caso de llevar un procedimiento de impugnación o procedimiento administrativo

• Sancionador revisar continuamente en la Pagina Web del OSCE - Toma Rozón para verificar si se cursó notificación alguna, ya que se entiende por debidamente notificado aunque no se abra haya revisado y correo el plazo

• Verificar que las fechas de las audiencias programadas concuerden con la publicada en el sistema electrónico

• En caso de ir un representante a la lectura de expediente, ha de acreditar su condición como mínimo un (1) de anticipación

VI. CONCLUSIONES


• Los procedimientos de impugnación y sancionadores son de competencia del Tribunal de Contrataciones del estado

• En apelación, los decretos se notifican vía electrónica en el Toma Razón

• La clase de acceso a la toma Razón se notificará personalmente

• Se pueden solicitar copias en mesa de partes sobre antecedentes, escritos que la directiva autorice




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