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"Consolidación del Arbitraje con el Estado"
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Las anulaciones del TSJM ponen contra las cuerdas la gran corte de arbitraje de Madrid

Posteado el 17 de Junio, 2019 CAE

La anulación de laudos preocupa al sector del árbitraje a unos días de anunciarse la corte internacional de arbitraje de Madrid, una apuesta para posicionar a la capital como plaza de referencia.

El sector del arbitraje en España deshoja la margarita para la puesta en marcha de la gran corte internacional de arbitraje de Madrid. El pasado diciembre, el por entonces ministro de Justicia, Rafael Catalá, anunció la unificación de los arbitrajes internacionales de la Cámara de Comercio de España, la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (CIMA) y la Cámara de Comercio de Madrid. El objetivo: crear una gran corte de arbitraje internacional para competir con otras plazas como París o Londres, esta última algo más debilitada tras la aprobación del Brexit.

Con este movimiento, los árbitros esperan posicionar a Madrid como un lugar atractivo para la celebración de arbitrajes... con la venia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Y es que tal y como apuntan varios árbitros consultados por El Confidencial, en el sector existe una gran preocupación por las anulaciones de laudos llevadas a cabo por este tribunal, instancia que conoce los recursos.

El Tribunal Constitucional tiene sobre la mesa tres recursos de amparo para decidir si el arbitraje se enmarca en el artículo 10 o 24 de la Constitución

Tras dictarse un laudo arbitral, la ley permite que una de las dos partes (o las dos) presenten un recurso de nulidad ante la justicia ordinaria, más concretamente ante los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ). El problema radica, en opinión de los árbitros, en que el TSJ de Madrid entra al fondo del asunto de los laudos y los valora como si fueran sentencias revisables y no como decisiones finales. "El arbitraje es un mecanismo alternativo de resolución de controversias y debe reconocerse como tal", apunta un árbitro, que cree que el tribunal solo debe revisar si se han cumplido todas las garantías procesales. Esta 'intromisión' se debe a que el TSJ de Madrid sitúa el arbitraje dentro del artículo 24 de la Constitución Española (derecho de tutela judicial) en vez del artículo 10 (autonomía de voluntad), lo que en opinión del sector sería más adecuado.

De ahí que los árbitros ya cuenten las horas para un pronunciamiento del Tribunal Constitucional (TC) sobre este asunto. Ahora mismo, hay planteados tres recursos de amparo por este tema, si bien por ahora solo uno se ha admitido a trámite.

Se trata de un arbitraje de consumo en el que una de las partes recurrió al TSJM tras alegar alteración del orden público, uno de los argumentos más habituales. Mientras el tribunal estudiaba el asunto, ambas partes llegaron a un acuerdo extrajudicial, pero el TSJM señaló que podía conocer de oficio este asunto y terminó anulando el laudo. Ahora, el tema está en manos del TC.

Los otros dos recursos fueron presentados hace más de un año y se mantienen a la espera de ser admitidos. Uno de ellos, según apuntan fuentes jurídicas, es por el caso de la herencia del marqués de Paul, un botín de 600 millones de euros que todavía no tiene un dueño claro.

Los números del arbitraje

El arbitraje es un método alternativo de resolución de disputas usado principalmente por grandes empresas y en especial las pertenecientes al sector energético, como ha quedado patente con el 'boom' de arbitrajes por las renovables. Aunque la mayoría de las empresas todavía se decantan por la jurisdicción ordinaria, un 47% ha optado por el arbitraje en alguna ocasión. De esa cifra, el 27% lo ha usado como único instrumento frente a un 20% que lo ha combinado con otras herramientas alternativas (negociación, mediación)

Estos son algunos de los datos que se desprenden del primer estudio sobre el arbitraje en España elaborado por Roca Junyent y la Universidad Pontificia de Comillas de Madrid en 2018. Entre las ventajas de esta herramienta, el estudio destaca la rapidez, la especialización y la cualificación de los árbitros. Al mismo tiempo, el alto coste que suele llevar aparejado, la tendencia 'salomónica' de los árbitros y la inexistencia de jurisprudencia aplicable son los aspectos que generan un mayor rechazo a esta vía.

Aunque los tribunales siguen siendo la vía de preferencia, el 47% de las empresas ha utilizado alguna vez el arbitraje para solucionar un problema

En términos de anulación, otro estudio algo más reciente elaborado por el despacho FieldFisher Jausas apunta a que solo el 21% de los laudos arbitrajes impugnados en 2018 terminó anulado por la justicia. En cifras, fueron 8 de las 38 resoluciones las que finalmente fueron tumbadas: cinco por alteración del orden público y tres por inexistencia del convenio arbitral. Respecto a 2014 y 2015, los porcentajes de anulación son del 15% y 28%, respectivamente. Este estudio es sobre el arbitraje en España, no solo Madrid, y aunque el porcentaje no es muy alto, la intranquilidad del sector es real.

En suma, el mundo del arbitraje, que en los próximos días celebra su congreso anual, espera que el Constitucional clarifique de forma definitiva si los arbitrajes se enmarcan dentro del artículo 24 o del artículo 10 de la Constitución Española. De ello depende, en gran parte, la 'venta' de Madrid como plaza internacional de arbitraje.


FUENTE: EL CONFIDENCIAL

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