Domicilio: Calle Bernini N° 332 San Borja – Lima Telf: (01) 5406369 Eventos@caeperu.com
"Consolidación del Arbitraje con el Estado"
Contratación Pública

Acuerdo de La Sala Plena Referido a la Incorporación, Dentro de los Alcances del Acuerdo de la Sala Plena Nº 3-2015/TCE, de las Reglas Aplicables a los Procedimientos Correspondientes a Recursos de Apelación que tengan Declaración de Expedito y a Los Recursos de Reconsideración que Hayan tenido Audiencia Pública, en el Marco de una Reconformación de Salas. ACUERDO Nº 01/2017

Posteado el 26 de Marzo, 2018 CAE

Que las siguientes reglas se apliquen al Acuerdo Plenario Nº 03-2015/TCE

- Los procedimientos correspondientes a recursos de apelación que se encuentren en trámite a la fecha de una reconformación de salas y que tengan declaración de expedito, será resueltos por la sala original debiendo reconformarse para tal efecto: i) con los vocales que participaron en la audiencia pública realizada; ii) en caso de no haberse realizado audiencia con los vocales que integraron la sala en la fecha que se declaro expedito para resolver

- Los procedimientos que corresponden a recursos de reconsideración apelación que se encuentren en trámite a la fecha de una reconformacion de salas, en los que se haya realizado audiencia pública, serán resueltos por la sala original, debiendo reconformarse para tal efecto por los vocales que participaron en dicha audiencia.

FUENTE: OSCE




Categoria



Leer, más sobre: Contratación Pública